Logo Manises departamento de salud
Preguntas Frecuentes
RSC
Contacta con el Hospital

Habla con nosotros

¿Quieres que el Hospital sea tu centro?

10 dudas sobre los trámites de nacimiento de tu bebé

Trámites embarazo

¿Acabáis de ser papás? ¡Enhorabuena! Poner en orden todos los trámites de nacimiento de vuestro hijo puede resultar abrumador y emocionante, sobre todo para los padres primerizos. Y es que es cierto que la llegada de un hijo al mundo es sinónimo de un sinfín de gestiones de nacimiento de un bebé.

Tramitar el acta de nacimiento, inscripción de recién nacidos, solicitud del libro de familia, tiempo de permiso de lactancia… ¿No sabes por dónde empezar? ¡No te preocupes! En el post de hoy, abordaremos algunas de las dudas más frecuentes que pueden surgir con nacimiento de un bebé. ¡Sigue leyendo!

¿Cuáles son las dudas sobre los trámites de nacimiento más comunes?

En el Hospital de Manises queremos estar a vuestro lado, desde el seguimiento del embarazo hasta más allá del parto. Por eso, Marisa Ferrando, trabajadora Social en Centro de Salud de Aldaia y del Hospital de Manises, os resuelve las diez dudas más comunes acerca de los trámites de nacimiento que hay que llevar a cabo. ¡Presta atención!  

Son muchas las preguntas que surgen en cuanto a los requisitos para registrar un recién nacido en España, ¡Vamos a empezar por ahí!

1. En el momento de inscribir a un bebé en la Seguridad Social… ¿Se puede inscribir al bebé como beneficiario en la Seguridad Social de forma telemática, antes de inscribirlo en el Registro Civil?

No se puede inscribir al bebé en la Seguridad Social de forma telemática antes de inscribirlo en el Registro Civil, ya que la documentación que se requiere para dicha gestión es el Libro de Familia o el certificado de nacimiento, justificando así la relación de parentesco.

Es por eso que antes de llevar a cabo cualquier trámite de nacimiento, hay que obtener el acta de nacimiento del bebé. 

El acta de nacimiento es esencial para muchos otros trámites de nacimiento posteriores. Los pasos a seguir en este proceso son:  

  1. Registrar el nacimiento en la oficina del registro civil que te corresponda. Allí, te proporcionarán un número de folio y una fecha para recoger el acta de nacimiento.
  2. Documentación necesaria: necesitarás el certificado literal de nacimiento, el dni de los padres y la CURP de los padres y del recién nacido.
  3. Recoger el certificado de nacimiento del registro civil, pudiendo solicitar que se envíe por correo postal.

Estos requisitos a la hora de tramitar el acta de nacimiento pueden variar dependiendo de tu lugar de residencia, por lo que te recomendamos que verifiques con tu oficina local del registro civil sobre los procedimientos y documentación necesarios.

2. ¿Necesitas tener la SIP provisional del bebé para inscribirlo como beneficiario tuyo en la seguridad social telemáticamente?

Posteriormente, para solicitar la SIP del recién nacido, tendrás que tramitar previamente el reconocimiento de asistencia sanitaria en el INSS, por lo que no se podrá hacer telemáticamente. 

Puedes tramitar, en primer lugar, el reconocimiento de asistencia sanitaria en INSS para, posteriormente, solicitar la tarjeta sanitaria del recién nacido. 

3. En cuanto al registro de nacimiento, si quieres que el hospital se encargue de tramitar el registro de nacimiento, ¿te facilitan el boletín estadístico?

Seguimos profundizando en toda la información referente a los requisitos para registrar un recién nacido en España.

A la pregunta sobre si te facilitan el boletín estadístico; Sí, así es. En el Hospital de Manises puedes hacer el registro de nacimiento de manera telemática. Si, por el contrario, decides no hacerlo, se te proporciona el documento de no inscripción, que lo deberás aportar en el Registro Civil de tu municipio cuando vayas a hacer el registro de nacimiento de manera presencial. 

4. Si los padres no están casados, ¿dónde se hace la inscripción de recién nacidos?

Estéis o no casados, podéis tramitar la inscripción de recién nacidos de forma telemática en el propio hospital, o bien en el Registro Civil de tu municipio. La diferencia es que, si los padres no están casados, en el hospital no darán el Libro de Familia, solo dispondrás de un certificado de nacimiento, que es igual de válido. Si además quieres el Libro de Familia, tendrás que ir al Registro Civil y allí te lo proporcionaran.

5. Si registras al bebé en el hospital, ¿te dan un resguardo al momento con el que ya puedes hacer el resto de los trámites de nacimiento?

Sí, si realizar el registro del bebé en el mismo hospital se te proporciona un resguardo del trámite y, en un periodo que oscila entre 5 y 7 días, el certificado de nacimiento oficial se te enviará de forma electrónica o por correo postal.

6. Si no tenemos libro de familia al no estar casados, ¿qué otro documento hay que presentar para obtener el certificado de empadronamiento del bebé?

Para solicitar el certificado de empadronamiento del bebé sin estar casados, los padres tendrán que presentar un certificado literal de nacimiento o el resguardo del hospital cuando hacen el registro telemático.

7. Si no tienes libro de familia, ¿cómo se hacen los empadronamientos?

Si no se dispone del libro de familia, los empadronamientos de los bebés se realizan con el certificado de nacimiento, que es un documento oficial. Si quieres tener el Libro de Familia, lo puedes solicitar en el Registro Civil.

Dudas acerca del permiso de lactancia

8. ¿Qué es el permiso de lactancia?

El permiso de lactancia es un derecho laboral que tienen las madres trabajadoras para ausentarse temporalmente del trabajo y poder amamantar o extraer leche materna para alimentar a sus hijos. Este permiso está contemplado en la legislación laboral de muchos países y su duración y características pueden variar según la normativa de cada lugar.

El objetivo del permiso de lactancia es fomentar la lactancia materna y asegurar que las madres trabajadores puedan cumplir con esta importante tarea sin tener que dejar de responder a sus obligaciones laborales. El permiso de lactancia, además, contribuye a la salud y al bienestar de los bebés y favorece la conciliación de la vida laboral y familiar de las madres trabajadoras.

9. ¿Cuánto tiempo dura el permiso de lactancia?

El permiso de lactancia se puede disfrutar de dos formas: sin acumular o acumulado.

El primer tipo de permiso de lactancia se disfruta en dos periodos de 30 minutos al día hasta que el bebé tiene nueve meses. El segundo tipo de permiso de lactancia; el acumulado, es cuando se agrupa ese tiempo y son unos 15 días. 

Nuestra especialista recomienda que se revise el convenio colectivo que aplique a cada actividad laboral, ya que algunas empresas favorecen la lactancia y prolongan estos periodos.

10. ¿El padre con baja paternal también tiene permiso de lactancia?

El padre con baja paternal también tiene permiso de lactancia remunerado. Lo proporciona la empresa y es igual para ambos progenitores independientemente de sexo, de forma que se favorece la igualdad.

Desde el Hospital de Manises, te ofrecemos toda la información necesaria para acercarte todas las facilidades posibles acerca de los trámites de nacimiento. Si no quieres perderte toda la información sobre el embarazo y postparto, ¡no te pierdas nuestras novedades en el blog!